24h Andalucía.

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Consumo exige a las empresas mostrar el precio original junto al de descuento durante un mes.

Consumo exige a las empresas mostrar el precio original junto al de descuento durante un mes.

SEVILLA, 7 de enero.

Con el inicio de la temporada de rebajas de enero, la Dirección General de Consumo de la Junta de Andalucía ha lanzado un recordatorio crucial: las empresas deben mostrar el precio rebajado de sus productos de manera clara y transparente, sin superponerlo al precio original. Según la normativa vigente, el precio que sirve de referencia para anunciar la rebaja debe ser el más bajo aplicado en los últimos 30 días. Esto garantiza que los consumidores tengan una información precisa antes de realizar sus compras.

La institución detalla que esta publicidad es de carácter vinculante. Por lo tanto, cualquier catálogo, folleto o anuncio digital que exhiba productos rebajados obliga a los comercios a honrar esos precios y a mantener un stock disponible de los artículos anunciados. Esta medida busca proteger al consumidor frente a prácticas comerciales engañosas y asegurar una mayor transparencia en el sector.

Aunque no todos los productos de un establecimiento deben necesariamente estar rebajados durante este periodo, aquellos que sí lo están deben ser claramente identificados. Esta diferenciación es fundamental para que los consumidores puedan tomar decisiones informadas y evitar confusiones al momento de realizar sus compras.

La Junta de Andalucía también ha hecho hincapié en la Directiva (UE) 2019/2161, emanada del Parlamento Europeo y del Consejo, que introduce importantes novedades respecto a la forma en que se deben indicar los precios de los productos a los consumidores. Esta normativa es un paso significativo hacia la protección de los derechos de los consumidores en toda Europa.

Conforme a esta directiva, cualquier anuncio de una rebaja debe incluir el precio anterior, que es el que se ha aplicado en un periodo específico antes de la reducción. Esto significa que el 'precio anterior' debe ser el precio más bajo que el comerciante haya aplicado durante los 30 días previos a la rebaja, asegurando así que los consumidores estén al tanto de la verdadera magnitud del descuento.

Una reciente decisión del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) enfatiza la relevancia de esta normativa, al dictaminar que una conocida cadena de supermercados había incurrido en prácticas ilegales debido a “falsas rebajas”, las cuales consistían en aplicar descuentos sobre precios que, previamente, habían sido aumentados. Esta sentencia refuerza la necesidad de una regulación clara en este ámbito.

Desde Consumo, se ofrecen recomendaciones esenciales para aquellos que decidan salir de compras durante el periodo de rebajas. Algunas de estas sugerencias incluyen planificar las compras con antelación, evitando así adquisiciones impulsivas; comparar precios y calidades entre diferentes establecimientos; y mantener una actitud escéptica ante ofertas que parezcan demasiado buenas para ser ciertas, ya que pueden ocultar defectos o problemas en el producto.

Además, la Dirección General de Consumo recalca que los comerciantes no están obligados a aceptar cambios o devoluciones, a menos que los productos presenten defectos o imperfecciones de fabricación. Por este motivo, es de suma importancia que los consumidores se informen adecuadamente sobre las políticas de cada comercio antes de efectuar la compra. Sin embargo, esta situación es distinta para las compras realizadas de manera online, donde los consumidores cuentan con un derecho de desistimiento que permite la devolución del producto adquirido dentro de un plazo de 14 días naturales, sin necesidad de justificar el motivo, salvo algunas excepciones estipuladas por la ley.