El TSJA evalúa anular la licencia del hotel Algarrobico.
ALMERÍA, 26 de marzo. El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha manifestado su disposición a llevar a cabo una revisión directa de la licencia de construcción del controvertido hotel de El Algarrobico. Esta acción podría resultar en la nulidad de la misma si el Ayuntamiento de Carboneras no agiliza la implementación de una sentencia judicial de 2022, que le obliga a efectuar este procedimiento.
En una resolución emitida el pasado 20 de marzo, la Sala de lo Contencioso-administrativo de Granada evaluó la posible aplicación de medidas bajo el artículo 108.1 a) de la Ley de la Jurisdicción contencioso-administrativa. Esta legislación permite al tribunal actuar para hacer cumplir una sentencia si la administración involucrada no responde adecuadamente al mandato judicial.
La Sala está considerando utilizar estas medidas, entre otras opciones, para responsabilizar al Ayuntamiento por la revisión de la licencia de obras otorgada a la empresa Azata del Sol en enero de 2003, destacando incluso la posibilidad de anular dicha licencia como parte del procedimiento de revisión.
En esta línea, se ha ordenado el envío de una comunicación al Consejo Consultivo de Andalucía (CCA), instándole a informar al tribunal sobre cualquier decisión que tome en relación con el expediente de revisión que el Ayuntamiento inició en julio del año pasado. Este expediente requiere un dictamen del organismo consultivo andaluz.
El CCA ya advirtió el 9 de marzo que podría "archivar" la solicitud de dictamen si el Ayuntamiento de Carboneras no completaba el expediente para finales de 2025. A su vez, el alcalde Salvador Hernández (CS) ha solicitado una extensión de plazo para que el Consistorio pueda finalizar el expediente y presentar su recomendación de resolución.
La reciente providencia del TSJA también desestima las justificaciones del Ayuntamiento, que argumentó la falta de un secretario municipal como motivo para no avanzar en los trámites. El tribunal ha reiterado que la carencia de este personal no es una excusa válida para el incumplimiento de las obligaciones establecidas, indicando que corresponde al municipio cubrir el puesto o buscar un sustituto.
A pesar de las demandas de Greenpeace para que se impongan sanciones coercitivas al alcalde o se remita el caso a la Fiscalía por presunta desobediencia en relación con la sentencia, el tribunal ha decidido no acceder a estas solicitudes por el momento.
La organización ecologista había instado al TSJA a aplicar las medidas estipuladas en el artículo 108.1.a) de la Ley de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa para revocar la licencia de obras, argumentando que esto promovería la economía procesal y evitaría que la promotora Azata del Sol y sus filiales litigaran en la vía contencioso-administrativa.