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“Guardia civil exonerado por apropiarse de 50 euros de un detenido en Níjar”

“Guardia civil exonerado por apropiarse de 50 euros de un detenido en Níjar”

ALMERÍA, 20 de diciembre.

El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha llegado a una decisión trascendental al absolver a un guardia civil de Níjar, en Almería, quien anteriormente había sido condenado a tres años de prisión por la presunta sustracción de 50 euros de un detenido. Este agente había sido acusado de apropiarse de una cantidad de dinero que le había sido retirada al arrestado al ingresar a los calabozos, así como de modificar documentos para encubrir esta supuesta acción ilícita.

La sentencia del TSJA revoca las decisiones anteriores de la Audiencia Provincial de Almería y exonera al guardia civil de los cargos de falsedad en documento oficial y de un delito leve de apropiación indebida, por el que además se le había impuesto una multa de un mes a razón de seis euros diarios, de acuerdo con la información proporcionada por Europa Press.

La Sala del tribunal ha acogido de forma integral el recurso interpuesto por la defensa del agente, representada por el abogado penalista José Miguel Ramos. La decisión se basa en la insuficiencia de pruebas presentadas por la acusación, considerándose que “no se presenta con la contundencia que el caso requiere” y que tampoco sigue una “interpretación racional y razonable” en relación a los indicios del atestado y a las declaraciones del acusado y del testigo principal, un guardia-alumno encargado de la custodia de las pertenencias del arrestado.

Los hechos ocurrieron el 23 de julio de 2021, cuando la Guardia Civil detuvo a un individuo que fue trasladado al cuartel de Níjar. Durante el proceso de ingreso, le fueron requisadas sus propiedades, incluyendo una suma total de 150,09 euros, que fueron colocados en una bolsa junto a un documento firmado por el detenido que indicaba la retirada de objetos.

Esta intervención incluyó la participación de varios agentes y sucedió justo antes de un cambio de turno, momento en el que tanto el agente acusado como el guarda-alumno iniciaron sus respectivos turnos de trabajo. Fue en este contexto donde el guarda-alumno contactó al agente, tras encontrar la bolsa de pertenencias “abierta” y sentirse inseguro sobre cómo proceder.

En este sentido, el tribunal de apelación ha determinado que no hay bases suficientes para sostener que el agente se apropió de los 50 euros durante el recuento, ya que este último resultó en un total de 100,09 euros. Esta cifra fue consignada en la hoja de registro del detenido y en un nuevo documento de devolución de pertenencias que fue firmado tanto por el guarda-alumno como por el arrestado.

En contraposición a la acusación que señalaba que el guardia civil había aprovechado el recuento para quitarse esos 50 euros, el TSJA argumenta que la prueba disponible “indica justo lo contrario”, sugiriendo que el agente “no tenía conocimiento de la existencia del dinero” originalmente confiscado.

Además, se subraya que el guardia civil no tuvo oportunidad de sustraer esa cantidad antes de que el guarda-alumno solicitara su asistencia, dado su evidente estado de agobio al encontrarse con la bolsa de pertenencias del detenido en esas condiciones insatisfactorias.

El propio guarda-alumno ha declarado que ni él ni la bolsa se movieron del cuarto de puertas, lo que implica que el acusado no pudo estar solo con la bolsa y el dinero previo a la realización del recuento que llevó a cabo el guarda-alumno, según su testimonio.

La Sala ha considerado desde un inicio la “probidad” del testigo, quien no puso en duda su responsabilidad durante todo el proceso, y destacó que tampoco se encontró una diligencia impresa en papel dentro de la bolsa.

En este contexto, resulta evidente que ninguno de los dos involucrados puede haber sido plenamente consciente, durante el recuento, de que al detenido se le había retirado un total de 150 euros en lugar de 100, dado que el único documento que se encontraba en la bolsa era “ilegible”.

Concluyendo la evaluación, la Sala determina que no se ha probado la sustracción de dinero y que el guardia civil no debe ser culpabilizado por presunta falsificación de documentos al generar nuevas diligencias para asistir al guarda-alumno.

El tribunal critica la lógica de un encubrimiento por parte del acusado, señalando que no tendría sentido elaborar una nueva diligencia para borrar la anterior y acomodar la cantidad de dinero confiscada con la intención de ocultar una sustracción que no tuvo lugar. También se sugiere que el apuro del cambio de turno pudo haber llevado a la omisión de registrar la cantidad original de dinero, algo que parece corroborar la versión del propio acusado según la cual el dinero no estaba debidamente contabilizado ni en el registro informático ni en la bolsa.

El TSJA también hace mención a la información recabada en el atestado, en la que se han observado "sucesivas modificaciones" en el sistema por uno de los agentes implicados en la detención, con registros que se actualizaron poco antes del cambio de turno y sin claridad sobre qué cambios se realizaron.

Testimonios adicionales indican que se realizó un conteo de dinero en varias ocasiones debido a la variedad de billetes y monedas, lo que puede haber llevado a errores en el registro. Sin embargo, este mismo tribunal sostiene que existía la probabilidad de que en algún momento hubiera que corregir la diligencia o que el apartado correspondiente al dinero se dejara vacío, en línea con el relato del acusado sobre la falta de cumplimentación de la diligencia.

Finalmente, concluyen que no existen pruebas que comprometan al guardia civil en una sustracción, ya que para calmar al guarda-alumno, quien era responsable de la custodia de las pertenencias del detenido, se le instó a realizar un segundo recuento que resultó en 100,09 euros, ignorando ambos que la cantidad total que había sido confiscada era superior.

Así, se confirma que la suma original nunca estuvo registrada en ningún documento, ya sea físico o digital, relacionado con la detención, lo que llevó al acusado a asumir la responsabilidad de completar los registros necesarios, confiado en que el desliz a causa del cambio de turno se había dejado sin aclarar.