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Hombre sentenciado a prisión en Sevilla por agredir sexualmente a una mujer que conoció en Tinder

Hombre sentenciado a prisión en Sevilla por agredir sexualmente a una mujer que conoció en Tinder

Un varón ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de abusos sexuales cometido sobre una mujer a la que había conocido en la aplicación de citas Tinder. Los hechos ocurrieron mientras ambos se encontraban en el domicilio de la mujer en Sevilla, después de pasar la noche en una discoteca consumiendo alcohol y MDMA.

La sentencia, emitida por la Audiencia de Sevilla el pasado 19 de diciembre, revela que la víctima contactó con el acusado, Alexander F.I.S., a través de Tinder en septiembre de 2019, y posteriormente continuaron comunicándose vía WhatsApp. Después de varios días intercambiando mensajes, acordaron encontrarse en persona el 2 de noviembre de 2019 en el domicilio de la mujer.

Según el relato de los hechos probados, ambos consumieron alcohol y éxtasis y luego se dirigieron a una discoteca. En la madrugada del 3 de noviembre, decidieron regresar al domicilio de la víctima, tropezando varias veces debido a su estado de embriaguez. Una vez en la vivienda, el acusado le pidió a la mujer que le permitiera quedarse a dormir, pero ella le indicó que debía hacerlo en el sofá.

La sentencia establece que aprovechando que la mujer estaba dormida y bajo los efectos del alcohol y las drogas, el acusado se introdujo en su cama y la penetró vaginalmente sin su consentimiento. Intentó realizar una penetración anal, pero ella se percató de lo que estaba sucediendo y logró apartarlo. El acusado presentaba niveles de embriaguez e intoxicación que afectaban su capacidad de evaluar su conducta y controlarla.

El tribunal concluye que se trata de un delito de abuso sexual en el que la víctima se encontraba dormida y bajo los efectos de drogas y alcohol, por lo que no hubo consentimiento o, en caso de haberlo, estaría viciado. Además, rechaza los argumentos de la defensa respecto al uso de la red social Tinder y el consumo de alcohol y drogas por parte de la víctima.

La sentencia establece que según el Código Penal vigente en ese momento, no había evidencia de violencia o intimidación por parte del acusado para anular la voluntad de la víctima, por lo que se considera un delito de abuso sexual en lugar de agresión sexual. El acusado ha sido condenado a dos años de prisión, así como a libertad vigilada, prohibición de acercarse o comunicarse con la víctima y una indemnización de 2.280 euros.