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"Junta Pública Asigna 2.826 Puestos a Funcionarios de Confianza y Especial Disponibilidad"

SEVILLA, 8 de diciembre. La Junta de Andalucía ha publicado datos reveladores sobre la cantidad de funcionarios que ocupan puestos de libre designación (PLD) en la comunidad, alcanzando un total de 2.826 según la información disponible en su portal de transparencia. En la actualidad, el Gobierno andaluz tiene abiertos 155 puestos bajo esta modalidad, concentrando 110 de ellos en la ciudad de Sevilla.

La reciente Ley 5/2023 de la Función Pública de Andalucía detalla que la libre designación es una práctica reservada para ciertos puestos, ya sea por mandato legal o por la correspondiente relación de puestos de trabajo. Este sistema es considerado "obligatorio" para empleos que impliquen una responsabilidad especial, una colaboración constante y una disponibilidad extensa, además de aquellos que exigen una confianza personal sólida para llevar a cabo sus funciones.

Conforme a esta normativa, los puestos que entran bajo esta categoría incluyen las secretarías de personal de alto rango, así como los roles dentro del Grupo A, Subgrupo A1 de clasificación funcionarial, que dependen directamente de los altos órganos de dirección. Estos puestos suelen estar relacionados con funciones que requieren asesoramiento y colaboración especializadas.

Entre las ofertas laborales que la Junta presenta actualmente como libre designación, se destacan varios puestos en la Intervención Delegada, con un nivel 28 y un complemento específico que asciende a 23.895,84 euros. También hay un puesto de nivel 27 en el Gabinete de Análisis y Evaluación de la Dirección General de Presupuestos de la Consejería de Economía, además de otro de nivel 28 en el Servicio de Control Externo y Unidad Antifraude. Asimismo, se ofertan posiciones de secretario del Tribunal Administrativo de Recursos Contractuales y en los Gabinetes Técnicos de Planificación Presupuestaria.

Un informe presentado por la Consejería de Justicia, Administración Local y Función Pública en noviembre, y publicado en el Boletín Oficial del Parlamento de Andalucía (BOPA), indica que, hasta agosto de este año, los puestos de libre designación eran 2.683. Bajo el mismo reporte, la Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos emerge como la que más funcionarios de libre designación tiene, con un total de 416. De estos, 185 se ubican en el nivel 28, que es prácticamente el máximo disponible.

Siguiendo en la lista, Presidencia, Interior, Diálogo Social y Simplificación Administrativa cuenta con 392 funcionarios de libre designación, de los cuales 154 ocupan el nivel 28. En contraste, las áreas de Industria, Energía y Minas, y Universidad, Investigación e Innovación, presentan cifras más bajas, con 25 y 40 PLD, respectivamente.

La Ley 5/2023 también establece un sistema de promoción profesional para el personal funcionario de carrera, regulando la carrera profesional mediante procedimientos alineados con el convenio colectivo correspondiente. Para ello, los procesos de regulación estándar son el concurso, tanto en su modalidad general como específica, así como la libre designación, donde se valoran méritos y capacidades de las candidaturas presentadas.

Esta legislación andaluza define el procedimiento de libre designación como una convocatoria pública que permite al órgano convocante evaluar de manera discrecional la idoneidad y competencias de los candidatos en relación con los requisitos establecidos. Es importante señalar que la competencia para designar estos puestos recae en los consejeros, quienes deben obtener un informe del órgano responsable en materia de Función Pública si los postulantes provienen de otras Administraciones.

Además, la Ley 5/2023 faculta al órgano encargado del nombramiento para solicitar la intervención de especialistas que ayuden a determinar la idoneidad de los candidatos en la disputa por estos puestos. Las convocatorias para plazas de libre designación deben incluir detalles como la denominación del puesto, nivel, ubicación y requisitos necesarios para su desempeño, y se publicarán en el Boletín Oficial de la Junta de Andalucía.

En situaciones de urgencia o necesidad de cobertura, la ley permite que un puesto de libre designación sea ocupado de manera inmediata y provisional por funcionarios de carrera, eludiendo así el cumplimiento de algunos requisitos establecidos en materia de experiencia y formación.

La normativa también señala que los individuos en estos puestos pueden ser cesados de manera discrecional, lo cual debe ser motivado adecuadamente. En caso de cese, los funcionarios serán reubicados provisionalmente a otro puesto, y si no hay un puesto adecuado disponible, la Consejería competente tomará medidas para garantizar el derecho de adscripción del funcionario.

Finalmente, la ley estipula que, en caso de cese en un puesto de libre designación, la Junta de Andalucía tiene un mes para decidir sobre la nueva adscripción del funcionario o notificar que no se llevará a cabo dicha adscripción, manteniendo su estatus de servicio activo en la administración pública hasta ese momento.

En un contexto donde la regulación de los puestos de libre designación aún está en desarrollo, se establece que estos pueden ser ocupados por personal funcionario de otras administraciones, lo que abre un abanico de posibilidades en la gestión pública de Andalucía.