24h Andalucía.

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"La Audiencia de Sevilla respalda el desalojo de una vivienda ocupada en San Juan"

La Audiencia de Sevilla ha ratificado una sentencia que ordena el desalojo de una vivienda en San Juan de Aznalfarache perteneciente a una empresa inmobiliaria y ocupada sin autorización, al menos por una mujer.

En una sentencia emitida el 14 de diciembre y reportada por Europa Press, la Sección Octava de la Audiencia ha revisado un recurso de apelación presentado por una mujer contra una decisión del Juzgado de Primera Instancia número nueve de Sevilla. Esta sentencia falló a favor de la empresa inmobiliaria Gramina Homes y ordenó el desalojo de una propiedad que estaba siendo ocupada sin autorización por "ocupantes desconocidos e inciertos".

La Audiencia de Sevilla ha examinado el recurso de apelación y ha decidido desestimarlo, argumentando que la falta de notificación sobre la rebeldía de los ocupantes no constituye un incumplimiento grave de las normas procesales ni causa indefensión. La parte que se presentó posteriormente no presentó fundamentos ni pruebas que justificaran la anulación solicitada, lo que no se mencionó ni se intentó corregir en este segundo recurso. La Audiencia afirma que la falta de notificación a la parte demandada sobre su rebeldía podría ser una irregularidad procesal, pero no causa indefensión imputable al juzgado, según lo establecido por el Tribunal Supremo.

Por lo tanto, la Sección Octava de la Audiencia ha rechazado el recurso de apelación de la mujer y ha confirmado plenamente la sentencia inicial del juzgado en todos los aspectos.