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Andalucía 27 de Marzo de 2026 · 12:39h 3 min de lectura

La jueza del accidente de Adamuz niega la participación a los municipios de Huelva y Punta Umbría.

En un reciente fallo emitido el 26 de marzo, la magistrada de la sección civil y de instrucción del Tribunal de Instancia de Montoro, Córdoba, ha decidido no aceptar la solicitud de personación como acusación popular presentada por los municipios de Huelva y Punta Umbría, el partido Iustitia Europa y el sindicato Alternativa Ferroviaria (Alferro) en relación con el devastador accidente ferroviario de Adamuz, que dejó un saldo trágico de 46 fallecidos y más de 120 heridos el 18 de enero.

Según las declaraciones proporcionadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), la jueza ha determinado que los dos ayuntamientos no cumplen con los requisitos necesarios para ser considerados como partes en el proceso debido a su falta de legitimación para ejercer la acción popular. En el caso de Iustitia Europa, la negativa se basa en el incumplimiento de ciertos requisitos formales, específicamente la ausencia de la autorización necesaria por parte de su órgano competente para actuar en el presente caso.

En cuanto a Alferro, la situación es un poco más compleja. Este sindicato había presentado el 17 de marzo una solicitud para figurar como acusación particular y había solicitado su baja como acusación popular, lo que llevó a la jueza a inadmitir su participación en esta última categoría.

A pesar de las negativas, la jueza ha dado luz verde a la personación de varios grupos, incluyendo el Sindicato Colectivo de Funcionarios Manos Limpias, Vox, Asociación HazteOir.org, Sindicato de Maquinistas y Ayudantes Ferroviarios (Semaf), Asociación Víctima de los Políticos y Asociación Liberum. Sin embargo, su admisión está sujeta a la presentación de una fianza de 3.000 euros por entidad para poder actuar como acusación popular.

La jueza ha evaluado esta exigencia económica como "proporcionada y adecuada", justificando que es una medida necesaria ante el número elevado de acusaciones populares, la naturaleza del caso y la necesidad de un desarrollo adecuado del proceso judicial, evitando la confusión que podría surgir de tener demasiadas partes acusadoras.

Con un plazo de nueve días otorgado para que se presente la fianza de acuerdo con las vías legales disponibles, la jueza ha advertido que, de no cumplirse esta condición, las entidades no serán consideradas como partes en el procedimiento.

Además, para asegurar el orden y la celeridad del proceso judicial, la jueza ha indicado que podrían implementarse medidas para coordinar o unificar el accionar de las acusaciones populares, recogiendo así sus competencias en la dirección del proceso.

Finalmente, la magistrada ha respaldado la personación de estos sindicatos y asociaciones, afirmando que han cumplido con los requisitos exigidos y no hay indicios de que su intervención en el proceso busque un objetivo desviado o espurio.

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