La sentencia del TSJA ratifica la condena de prisión al ciudadano que acabó con la vida del intruso que irrumpió en su vivienda en La Carolina (Jaén)
Jaén, 26 de octubre.
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado la condena de dos años y medio de prisión impuesta por la Audiencia de Jaén a un hombre de 64 años que apuñaló hasta la muerte a un ladrón que ingresó a robar en su casa en 2018.
Este veredicto fue emitido por un jurado en marzo de este año, declarando al acusado culpable de homicidio por infligir un total de 22 puñaladas, ninguna de las cuales fue mortal, según los forenses. Sin embargo, estas heridas fueron suficientes para provocar su desangramiento y muerte debido a un shock hipovolémico.
El jurado consideró la existencia de circunstancias eximentes, como la legítima defensa, aunque fue de forma incompleta al considerar desproporcionada la respuesta del acusado. Además, también tuvo en cuenta otro atenuante completo: el miedo insuperable. Como resultado, la pena se redujo en dos grados, quedando en dos años y medio de prisión, además de una indemnización de 70.000 euros para los padres de la víctima.
La defensa del condenado recurrió al TSJA para solicitar la aplicación completa de las circunstancias eximentes, lo cual habría evitado su entrada a prisión. Sin embargo, el tribunal andaluz respaldó la decisión del jurado y confirmó la sentencia, desestimando el recurso de apelación.
En la sentencia proporcionada por el TSJA se establece que "si bien se puede apreciar la intención de defenderse de una agresión, también existió una voluntad de venganza al no limitarse a amenazar o disuadir al agresor" y "propinarle varias puñaladas en diferentes partes del cuerpo (hasta 22 heridas) que causaron su muerte, incluso cuando la víctima intentaba huir una vez sorprendida por el acusado".
Además, se rechaza la eximente completa de miedo insuperable solicitada por la defensa y se concluye que "la decisión del jurado es inequívoca y la Sala no tiene motivos para enmendarla".
Según el veredicto del jurado, el acusado mató a la persona que ingresó a robar en su casa utilizando una navaja de caza que guardaba en uno de los cajones de su mesilla de noche. Sin embargo, el jurado consideró que, aunque pudo actuar en legítima defensa, su acción y los medios empleados no fueron proporcionales, tal como se recoge en la sentencia que ahora ha sido confirmada por el TSJA.
Los hechos juzgados y sentenciados por la Audiencia de Jaén ocurrieron en mayo de 2018 en La Carolina, cuando el acusado, de 59 años en ese momento, estaba durmiendo en su casa de la calle Pepe Luis Cruz. A las 3:00 de la madrugada, al levantarse para ir al baño, se percató de que había alguien en el interior de su vivienda.
El asaltante, un joven de 32 años y residente en Viso del Marqués (Ciudad Real), llevaba guantes, una pequeña linterna y un objeto cubierto con plástico con el que forzó la persiana de entrada a la casa, después de escalar el patio trasero.
El dueño de la casa sacó una navaja de caza "monocortante y muy afilada" de su mesilla de noche, con la que apuñaló repetidamente al intruso. Específicamente, le infligió 22 puñaladas que provocaron un shock hipovolémico y una insuficiencia respiratoria aguda y grave debido al colapso pulmonar.
El jurado consideró que existió una agresión ilegítima al irrumpir ilegalmente en la casa durante la noche con intención de robo, pero el dueño de la vivienda y acusado en el caso "no respondió a esa agresión de manera proporcional, al no ser racional el medio empleado para impedirla o repelerla".
Por lo tanto, la sentencia señala un "exceso intensivo en la defensa empleada", ya que "el uso del arma de la forma en que se hizo no se presentaba en ningún caso como imprescindible".
A pesar del fallo del TSJA, la sentencia de la Audiencia de Jaén aún no es firme y la defensa tiene la posibilidad de apelar ante el Tribunal Supremo. Además, ya anunciaron que solicitarán el indulto al Gobierno de España una vez que la sentencia sea firme.
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