Un hombre de 67 años ha sido condenado a un año y medio de cárcel por arrancar un cuarto de oreja del maltratador de su hija en un acto de legítima defensa. La Audiencia de Jaén también le ha impuesto una indemnización de 8.583 euros, por debajo de los 20.000 euros solicitados por la Fiscalía y la acusación particular.
La sentencia, que ha sido obtenida por Europa Press a través del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, considera la atenuante de legítima defensa incompleta en el delito de lesiones por el que ha sido declarado culpable.
Los hechos ocurrieron el 22 de julio de 2021, cuando presenció cómo su exyerno agredía y amenazaba de muerte a su hija. El hombre se lanzó a proteger a su hija mordiendo la oreja de su agresor con tanta fuerza que le arrancó un 25% de la misma.
El exyerno también fue condenado por un delito leve de lesiones por los golpes que dio al padre de su ex pareja. Deberá pagar una multa de 360 euros y una indemnización de 126,44 euros.
Ambos implicados tendrán que indemnizar al Servicio Andaluz de Salud por los gastos médicos derivados de la agresión.
Durante el juicio, el acusado afirmó que se vio obligado a actuar ante la agresión de su exyerno hacia su hija. Sin embargo, la sentencia consideró que la brutalidad del mordisco no fue proporcional a la amenaza, por lo que lo condenó por un delito de lesiones con deformidad.
El exyerno, por su parte, acusó directamente al padre de su ex pareja de ser el responsable del mordisco. Alegó que tuvo que defenderse de la agresión y justificó los puñetazos que propinó al padre de su expareja.
La mujer ya había sido víctima de maltrato por parte de su ex pareja, según una sentencia previa por un delito de maltrato ocasional. La hija del acusado testificó que su padre llegó justo a tiempo para evitar una tragedia, ya que su ex pareja la tenía amenazada de muerte.
La sentencia no es definitiva y puede ser apelada ante el TSJA.
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