ALMERÍA, 20 de noviembre. La reciente resolución del Juzgado de lo Contencioso-administrativo número 4 de Almería ha arrojado luz sobre la importancia de proteger la biodiversidad en el ámbito de la transición energética. La corte ha desestimado el recurso presentado por Eleazar Solar S.L., que solicitaba la autorización para construir una planta fotovoltaica en Tabernas, Almería. Este rechazo se fundamenta en la necesidad de proteger a la ganga ortega, una especie de ave esteparia en peligro de extinción, cuyo hábitat se vería amenazado por el desarrollo del proyecto.
La decisión fue recibida con satisfacción por parte de Ecologistas en Acción, que actuó como codemandante en el caso. La organización ecologista ha expresado su apoyo a la postura de la Administración andaluza, resaltando que esta es la primera vez que se niega el permiso para una planta fotovoltaica por su impacto en aves protegidas, un hito significativo en la lucha por la conservación de la biodiversidad en la región.
La Consejería de Economía, Hacienda y Fondos Europeos de la Junta de Andalucía fue la entidad responsable de denegar los permisos necesarios para la instalación de un parque solar con capacidad de 50 megavatios. Esta decisión se basó en un exhaustivo análisis del impacto ambiental del proyecto, que incluía la construcción de una subestación y la infraestructura necesaria para su funcionamiento.
La administración se apoyó en los informes elaborados por la Estación Experimental de Zonas Áridas (EEZA-CSIC), que confirmaron los efectos negativos que la planta tendría sobre la población de la ganga ortega. A pesar de que la empresa presentó medidas compensatorias y correctivas, estas fueron consideradas insuficientes para mitigar el impacto ambiental relacionado con esta especie protegida.
Los estudios realizados por la EEZA-CSIC, que abarcaron un periodo de dos años, demostraron que la zona designada para la planta solar se encuentra dentro del área crucial para la distribución de la ganga ortega. Los investigadores documentaron la existencia de un número significativo de parejas, lo que pone de manifiesto el potencial riesgo que correría la especie si se procediera con la construcción de la planta.
En contraste, la empresa presentó un informe limitado sobre la avifauna en la zona, basado en solo dos visitas en un mes, que aunque reconocía la presencia de la ganga ortega, carecía de la solidez necesaria para contrarrestar los argumentos de la EEZA-CSIC.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Europa Press, subraya que la Junta de Andalucía rechazó el proyecto por razones ambientales, ya que las medidas presentadas por el promotor, como la creación de bebederos y charcas, no podían compensar adecuadamente las afectaciones que sufrirían las aves y su hábitat.
La jueza María del Carmen Hernández Fontán respaldó la postura de la Junta, enfatizando que cualquier autorización para el proyecto requería la certeza de que no hubiera efectos adversos sobre el medio ambiente y las especies que en él habitan. La empresa, por su parte, argumentó que la decisión era desproporcionada, señalando que solo existían "meras sospechas de afección" a la ganga ortega.
La sentencia aclaró que la modificación de la postura de la Administración no constituye una irregularidad y reafirma que un proyecto sólo puede recibir autorización si se asegura que no tendrá efectos perjudiciales. Este principio resulta especialmente relevante cuando los posibles impactos afectan áreas de la Red Natura 2000, como es el caso de la población de ganga ortega en el Campo de Tabernas, que se encuentra en zonas designadas como de especial protección para las aves.
Ecologistas en Acción advirtió que el actual despliegue de energías renovables en Almería está siendo llevado a cabo de manera apresurada y sin una adecuada planificación territorial. Esta falta de organización podría resultar en la pérdida de oportunidades, generar conflictos sociales y, lo que es más preocupante, acarrear un alto impacto ambiental, tal como es evidenciado por los estudios realizados por la EEZA-CSIC.
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