Condenan a dos años y medio de prisión a un hombre por intentar comprar sexo a una menor en Alcalá (Sevilla)
El Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha ratificado una sentencia condenatoria dictada por la Audiencia de Sevilla, condenando a un hombre a dos años y medio de prisión por un delito de corrupción de menores. El acusado ofreció la suma de 100 euros a una menor de solo 13 años a cambio de mantener relaciones sexuales con ella.
A pesar de que la defensa argumentó en su apelación que el testimonio de la víctima no era confiable, el TSJA ha respondido afirmando que el foco de la evaluación no debe centrarse en la sinceridad de la menor, sino en la validez de su percepción y su capacidad para identificar correctamente al agresor. El tribunal ha destacado que la joven proporcionó una descripción detallada del sujeto, lo que, junto con otras pruebas, subraya la veracidad de su testimonio.
En una sentencia emitida el 30 de abril, el TSJA abordó el recurso de apelación interpuesto por Juan Francisco L.O., el condenado, quien tiene antecedentes penales no relevantes para la apelación. Se estableció que el 10 de julio de 2019, en una plaza de Alcalá de Guadaira, se acercó a la menor con intenciones sexuales, intentando incluso tocarla después de hacerle la propuesta inapropiada, a lo que ella reaccionó huyendo del lugar.
La Audiencia de Sevilla impuso una pena que incluye no solo la prisión, sino también una serie de medidas de restricción, como prohibición de acercarse a la víctima y libertad vigilada tras cumplir la pena. Además, el acusado deberá pagar una indemnización de 2.000 euros a la joven afectada.
La defensa del acusado argumentó que la condena se basaba exclusivamente en el relato de la víctima, el cual consideraron poco consistente y no particularizado. Sin embargo, el TSJA manifestó que no existían razones para dudar de la sinceridad de la menor, especialmente considerando que no había conocimiento previo entre ambos antes de los hechos.
La corte subrayó que, aunque en el juicio casi cinco años después no recordara el monto exacto del dinero ofrecido, la consistencia en su relato fue inquebrantable desde el inicio de su denuncia y durante su testimonio en el juicio. La víctima describió la propuesta sexual que le hizo el acusado a cambio de dinero y mantuvo esos detalles en todas sus declaraciones.
El TSJA enfatizó que la credibilidad de la menor debe ser evaluada no solo en función de su sinceridad, sino de la precisión de su percepción y de la identificación del sujeto involucrado. Detalles como la descripción del perro del acusado y su presencia habitual en la zona fueron considerados pruebas corroborativas de su testimonio, contribuyendo a la confirmación de los hechos por parte del tribunal.
Finalmente, el TSJA rechazó de manera categórica el recurso de apelación y mantuvo en su totalidad la sentencia de la Audiencia de Sevilla, sosteniendo así la condena original y asegurando que la justicia se mantuviera firme en la protección de los menores frente a la corrupción y el abuso.
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