El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) ha resuelto la duda planteada por el Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Andalucía con respecto a la participación de la magistrada Encarnación Gómez Caselles en la redacción de la sentencia de los ERE, según ha informado el órgano de gobierno de los jueces.
La Comisión Permanente ha respondido a la consulta urgente enviada por la Sala de Gobierno del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía sobre la composición del tribunal encargado de emitir una nueva sentencia en el caso conocido como "caso ERE" para cumplir con una decisión del Tribunal Constitucional.
En concreto, la Sala de Gobierno había consultado sobre la posibilidad de que la magistrada Encarnación Gómez, actualmente destinada en la Audiencia Provincial de Alicante y en situación de excedencia voluntaria, se una a la Sala para emitir la nueva resolución.
Los vocales de la Comisión Permanente, al considerar que la consulta se refiere a cuestiones jurisdiccionales y que la LOPJ prohíbe al CGPJ dar instrucciones sobre la aplicación e interpretación del ordenamiento jurídico, han respondido a la Sala de Gobierno indicando que "subsiste la obligación de la magistrada de formar parte de la Sala para la emisión de la nueva sentencia, de acuerdo con el artículo 194.2.3 de la Ley de Enjuiciamiento Civil".
Gómez Caselles se encuentra en excedencia voluntaria en la carrera judicial desde el 22 de julio debido al cuidado de un familiar, tres semanas después de que fuera designada por la Sala de Gobierno del TSJ como una de las magistradas encargadas de redactar las nuevas sentencias sobre el procedimiento específico de financiación de los ERE irregulares y las ayudas arbitrarias.
Por esta razón, la Sala de Gobierno del TSJ andaluz consultó al CGPJ para aclarar si esta circunstancia impedía su participación en el tribunal o si aplicaba la excepción establecida en la Ley de Enjuiciamiento Civil para los jueces y magistrados encargados de resolver los casos.
El presidente del TSJ de Andalucía, Lorenzo del Río, explicó el pasado 8 de octubre que, en casos como este, la regla general es que las sentencias sean redactadas por los mismos magistrados que intervinieron en el procedimiento original, con excepciones solo para aquellos que hayan perdido su condición de juez o que hayan pasado a la excedencia para ocupar cargos políticos, lo cual no es el caso de la magistrada Gómez Caselles.
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