El Tribunal de Cuentas revela un impacto económico de 71.945 euros debido a la inclusión de dos intrusos en el ERE de Calderinox.
SEVILLA, 20 de diciembre. La polémica en torno a las ayudas sociolaborales a la prejubilación, concedidas por la Consejería de Empleo de la Junta de Andalucía entre los años 2001 y 2010, ha vuelto a cobrar relevancia tras las recientes sentencias emitidas por la consejera del Departamento segundo de la Sección de Enjuiciamiento del Tribunal de Cuentas.
Una de estas sentencias se centra especialmente en la extinta empresa sevillana Calderinox. Cabe recordar que el pasado octubre, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla decidió aplazar hasta 2026 el juicio que tenía previsto iniciar en ese periodo. Este juicio se enmarca dentro de la macrocausa relacionada con los ERE fraudulentos, que implican la financiación irregular por parte de la Junta de Andalucía y las ayudas otorgadas de manera discrecional a la empresa Calderinox desde 2008.
Es importante mencionar que la adjudicación inicial de estos fondos fue realizada por dos directores generales de Trabajo de la Junta: Francisco Javier Guerrero (de 1999 a 2008) y Juan Márquez (de 2009 a 2010), ambos ya condenados por malversación en el caso de los ERE. Guerrero, fallecido en octubre de 2020 a causa de una neumonía, y Márquez, enfrentan también la sombra de las irregularidades en la gestión de estas ayudas. Finalmente, Daniel Alberto Rivera asumió el cargo en 2010, aunque su responsabilidad también queda cuestionada a raíz de estos eventos.
La sentencia dictada por el Tribunal de Cuentas establece que se ha causado un detrimento al patrimonio público de la Junta de Andalucía por un total de 71.945,78 euros. Este importe corresponde al pago de la prima de un contrato de seguro de rentas de prejubilación que se efectuó con recursos públicos, en beneficio de dos individuos que no pertenecían al grupo de extrabajadores de Calderinox, a quienes se les catalogó como "intrusos".
Entre estos "intrusos" se encuentra el exdelegado de Trabajo y Seguridad Social de la Junta en Sevilla, Juan Rodríguez Cordobés, quien previamente había sido destituido como director del Consorcio de la Escuela de Artesanos de Gelves. Su inclusión en este caso subraya la gravedad de las irregularidades en la asignación de estas ayudas.
La sentencia también señala al director general de trabajo de la Junta de Andalucía en el momento en que ocurrieron las irregularidades, como responsable contable directo del alcance en cuestión. Esta condena pone aún más de relieve la falta de control y transparencia en la gestión de los fondos públicos durante ese periodo.
La segunda sentencia se refiere a las ayudas sociolaborales proporcionadas en el contexto del ERE de González Byass, una reconocida empresa gaditana. En este caso, el Tribunal de Cuentas desestimó la demanda de reintegro promovida por la Junta de Andalucía, tras probarse que no se destinaron fondos públicos para cubrir la prima del seguro de rentas de ningún "intruso". Ambos fallos son susceptibles de apelación ante la Sala de Justicia del Tribunal de Cuentas, lo que abre la puerta a una posible revisión de las resoluciones.
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