SEVILLA, 23 de abril — La Sección Primera de la Audiencia Provincial de Sevilla se prepara para una serie de deliberaciones clave, este jueves marcando el inicio de un proceso que podría tener un impacto significativo en las sentencias relacionadas con el caso de los Expedientes de Regulación de Empleo (ERE) fraudulentos. Esta jornada es parte de un ciclo de tres sesiones en las que se discutirá si se debe elevar una cuestión prejudicial al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) tras las recientes decisiones del Tribunal Constitucional (TC).
En una providencia emitida recientemente, la Audiencia ha dado un plazo de diez días para que las partes involucradas expresen su opinión sobre si el TC ha sobrepasado sus competencias al ofrecer una "interpretación alternativa" de delitos como la prevaricación y la malversación en sus sentencias anulatorias. Este planteamiento también cuestiona si el nuevo enfoque judicial del TC cumple con los estándares internacionales en la lucha contra la corrupción y la posibilidad de ignorar dichas sentencias anulatorias.
Las próximas fechas programadas para estas deliberaciones son el 24 y 29 de abril, y 13 de mayo, de acuerdo con la información que ha compartido la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). Durante estas sesiones, la Audiencia buscará desentrañar la validez de las sentencias previas tras la intervención del TC.
El Tribunal Constitucional ha argumentado que tanto la Audiencia Provincial de Sevilla como el Tribunal Supremo cometieron un error al interpretar de manera "extravagante" elementos jurídicos relacionados con la "resolución" y el "asunto administrativo", vulnerando así el derecho fundamental a la legalidad penal según lo establecido en el artículo 25 de la Constitución Española.
El TC ha dejado claro que no se puede considerar que la participación en la elaboración y aprobación de presupuestos sea una "resolución" en el contexto administrativo. Además, enfatiza que los jueces deben respetar el marco legal vigente, y solo en situaciones de inconstitucionalidad pueden cuestionar su validez.
El 18 de marzo, la Audiencia planteó una serie de preguntas sobre si el TC había excedido sus funciones al revisar las interpretaciones de los delitos en cuestión, sugiriendo que esto podría comprometer tanto la valoración probatoria como los juicios de los tribunales que les corresponden históricamente.
También se cuestionó si la interpretación del TC sobre las leyes de presupuesto de Andalucía entre 2002 y 2009 contraviene normativas y jurisprudencia comunitarias al excluir el control sobre la actividad presupuestaria, lo que podría poner en riesgo el patrimonio público y la confianza ciudadana en la gestión de los fondos públicos.
Adicionalmente, se ha subrayado la potencial incompatibilidad de la doctrina del TC con las exigencias internacionales de lucha contra la corrupción, en relación con el marco europeo sobre el fraude y la defensa de los intereses financieros de la Unión.
Finalmente, la Audiencia también indaga si los tribunales ordinarios podrían ignorar las sentencias del TC si interpretan que estas conducen a una legalización de las conductas de los acusados, a pesar de que los mismos tribunales consideren que las normas no excluyen la tipicidad penal.
Es importante recordar que, aunque el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, ha solicitado un informe sobre si la Audiencia puede formular esta cuestión prejudicial al TJUE, los análisis legales indican que no se puede impedir el acceso de los jueces a consultas del TJUE, incluso respecto a sentencias del propio TC.
Algunos de los informes advierten que cualquier debate dentro del TC podría ser percibido como una injerencia en la independencia judicial, subrayando la necesidad de prudencia en la interpretación de los límites de sus competencias. Conde-Pumpido, en un reciente desayuno informativo, reiteró que el TC no obstaculizaría ninguna consulta al TJUE, aunque destacó la importancia de reflexionar ante esta situación inusual, dado que tradicionalmente las cuestiones prejudiciales se presentan antes de emitir sentencias, y en este caso ya existe una del TC que debe agotarse en el ámbito nacional.
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