La Audiencia de Sevilla rechaza la solicitud de los padres de Marta para revisar la absolución del Cuco y su madre.
SEVILLA, 14 de noviembre.
La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha decidido no atender la solicitud presentada por los padres de Marta del Castillo. Esta petición buscaba una revisión y aclaración de la sentencia que exoneró a Francisco Javier García, conocido como "El Cuco", así como a su madre, quienes habían sido condenados previamente por encubrir el asesinato de Marta. Miguel Carcaño, principal responsable del crimen, fue sentenciado a 21 años y tres meses de prisión.
La reciente resolución fue emitida este miércoles y dada a conocer por la Oficina de Comunicación del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA). A partir de esta notificación, los padres de la víctima, representados por la abogada Inmaculada Torres, solicitaron a la Audiencia que aclarara que los acusados habían admitido en juicio los hechos establecidos en las acusaciones formuladas por la Fiscalía, así como los señalamientos hechos por la familia y la asociación Víctimas y Justicia.
La respuesta de la Sección Primera apunta que no fue obstáculo para el proceso que no se leyera el escrito de la acusación particular, ya que esta decisión fue consentida por los abogados defensores de los acusados, quienes consideraron que la naturaleza de los hechos era la misma que la contenida en el escrito de la Fiscalía. Sin embargo, esta omisión llevó a que la acusación particular no se incorporara a los hechos probados, aunque sí se reconoció en la sentencia final.
La Sección Primera explicó que no era necesario ampliar los hechos probados de acuerdo a lo demandado por los padres de Marta, considerándolos irrelevantes para la resolución del caso. Destacaron que, a pesar de la insistencia en que los acusados habían reconocido las acusaciones de las partes, tales declaraciones no podrían ser incorporadas en el marco de los hechos probados debido a que su consideración se limitaba a aspectos del fondo del asunto y no a las pruebas presentadas.
En la sentencia absolutoria, la Audiencia sostuvo que se habían presentado como falsos los hechos que el "Cuco" había admitido, refiriéndose especialmente a sus declaraciones sobre su paradero en la noche del crimen. Se estableció que sus testimonios eran inconsistentes con la evidencia presentada y con las declaraciones de sus supuestos amigos, creando así la base de su condena inicial.
En cuanto a la solicitud de modificaciones en el párrafo de la sentencia, donde se recogía que "El Cuco" había reconocido los hechos expuestos por el Ministerio Fiscal, la Audiencia consideró que tales ajustes eran innecesarios y que no existían ambigüedades que ameritaran una revisión o aclaración, por lo que se zanjó esta cuestión sin cambios.
Los padres de Marta del Castillo también solicitaron corregir lo que consideraban un error respecto a la situación de "El Cuco" durante su testimonio en el juicio de 2011, especulando que aún se encontraba bajo medidas de internamiento. Sin embargo, la Sección Primera sostuvo que no había tal error, y que el acusado declaró en libertad, lo cual estaba claramente documentado en los registros del juicio.
Finalmente, el tribunal determinó que no se realizaría ninguna aclaración a la sentencia, ya que no se identificaron conceptos oscuros o errores materiales que reclamaran atención. Se reafirmó que, aunque "El Cuco" había sido reconocido como testigo, había previamente sido coacusado y que su estatus había cambiado al haber sido sentenciado con anterioridad. Además, se concluyó que su madre no había inducido a error al tribunal durante su declaración, ya que la falsedad debe repercutir sobre elementos esenciales del juicio.
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