24h Andalucía.

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"Magistradas del tribunal de los ERE emitirán nuevas sentencias"

El presidente del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), Lorenzo del Río, ha designado a las magistradas Pilar Llorente y Encarnación Gómez Casielles para dictar las nuevas sentencias requeridas por el Tribunal Constitucional (TC) relacionadas con los expedientes de regulación de empleo (ERE) irregulares y las ayudas arbitrarias. Esto se debe a que el magistrado Juan Antonio Calle Peña ya se encuentra jubilado, según lo establecido en un acuerdo adelantado por la Cadena SER y emitido el 8 de julio.

En este acuerdo, Lorenzo del Río menciona que dada la situación de los otros dos magistrados que celebraron el juicio original, la decisión final recaerá en las manos de las magistradas Llorente y Gómez Casielles, quienes asistieron a la vista inicialmente. Sin embargo, Gómez Casielles deberá solicitar la autorización de la Sala de Gobierno correspondiente, ya que se encuentra destinada fuera del ámbito del TSJA.

De esta manera, las magistradas Llorente y Gómez Casielles serán las responsables de emitir las nuevas sentencias derivadas de la decisión del TC de estimar parcialmente los recursos de amparo presentados por los expresidentes socialistas de la Junta, Manuel Chaves y José Antonio Griñán, anulando las condenas impuestas por la Audiencia y ordenando nuevas resoluciones en su lugar.

La Audiencia de Sevilla había condenado previamente a José Antonio Griñán a seis años y dos días de cárcel por malversación y a 15 años y dos días de inhabilitación por prevaricación en 2019, mientras que a Manuel Chaves le impuso una pena de nueve años de inhabilitación por prevaricación. Estas penas fueron confirmadas por el Tribunal Supremo en 2022, pero ahora el TC ha decidido anular las sentencias iniciales y ordenar nuevas resoluciones con base en los argumentos presentados.

Según el TC, tanto la Audiencia de Sevilla como el Supremo incurrieron en una interpretación errónea de los hechos en el caso de Chaves y Griñán. Por ejemplo, en el caso de Chaves, se consideró que su participación en la aprobación de los presupuestos de la Junta no constituía un delito de prevaricación, mientras que en el caso de Griñán, no se demostró con claridad su participación en la malversación atribuida.

El TC señala que es necesario respetar el derecho a la legalidad penal y garantizar la presunción de inocencia de los acusados. En este sentido, las nuevas sentencias deberán basarse en una interpretación correcta de los hechos y asegurar que se respeten los derechos fundamentales de los implicados en el caso de los ERE irregulares en Andalucía.