Condenan en Sevilla a un padre por someter a sus hijos a contenidos pornográficos y forzarlos a actuar en ellos.
La Justicia ha tomado una decisión contundente en un caso que ha dejado a la comunidad en shock. Un hombre ha sido condenado a cuatro años por dos delitos continuados de exhibicionismo de material pornográfico a menores, al haber forzado a sus propios hijos, de seis y nueve años, a ver contenidos inapropiados en su teléfono móvil y a imitar lo que allí observaban.
La Audiencia de Sevilla emitió su sentencia el pasado 18 de septiembre, revelando los detalles perturbadores del acuerdo alcanzado entre la defensa del acusado, la Fiscalía y la acusación particular, que puso al descubierto la conducta inaceptable del hombre. Según la sentencia, los delitos ocurrieron en un periodo que se extendió desde el año 2018 hasta julio de 2020, lo que sugiere una prolongada exposición de los menores a situaciones que vulneran gravemente su bienestar psicológico y emocional.
El relato de los hechos expone que el acusado, un ciudadano español sin antecedentes penales, vivía con su pareja y sus hijos en una vivienda común. En momentos en que la madre descansaba o se encontraba ausente del hogar, el hombre tomó la decisión de abusar de su poder como progenitor, llevando a los niños a observar material pornográfico en su dispositivo móvil y obligándoles a reproducir el contenido de esos videos, una acción que representa un claro ataque a la dignidad y protección de los menores.
Además, la sentencia también revela que el comportamiento del acusado se extendió a su hija, a quien en varias ocasiones la obligó a tocar sus genitales sobre la ropa, perpetuando así un ciclo de abuso inexcusable. Fue la madre quien, horrorizada por estos actos, decidió dar el paso de presentar una denuncia, lo que llevó a que el acusado se viera obligado a consignar 15.000 euros como parte de la responsabilidad civil derivada de sus acciones.
Como consecuencia, el tribunal ha impuesto una condena que no solo incluye el tiempo de cárcel, sino que también entraña severas restricciones en su relación con los menores. Se ha determinado una suspensión de pena de prisión, condicionada a que el hombre no cometa ningún delito en un periodo de tres años, cumpla 292 días de trabajo en beneficio de la comunidad y participe en cursos de educación sexual, lo que indica un enfoque hacia la rehabilitación, si bien hay quienes cuestionan la efectividad de tales medidas.
Este caso ha suscitado un amplio debate sobre la protección de la infancia y los métodos de respuesta ante delitos de tal gravedad, así como la responsabilidad social de los adultos en la educación y cuidado de los menores. La sentencia también ha servido para poner de relieve la importancia de la denuncia y de mecanismos de protección que salvaguarden a las víctimas de abuso en sus entornos más cercanos.
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