24h Andalucía.

24h Andalucía.

El juez descarta la reclamación de 36 millones a Minas de Alquife por parte de los trabajadores.

El juez descarta la reclamación de 36 millones a Minas de Alquife por parte de los trabajadores.

Granada, 9 de enero. En una reciente resolución emitida por el Tribunal de Instancia de Guadix, se ha cerrado un capítulo significativo en la disputa legal entre la Compañía Minera del Marquesado y las empresas que actualmente operan las Minas de Alquife. En esta sentencia se abordaron las reclamaciones sobre el supuesto incumplimiento de un contrato de compraventa de participaciones sociales y derechos mineros.

El juez Alfonso Peralta, tras analizar el caso, determinó que no hubo incumplimiento por parte de Minas de Alquife S.L., desestimando la demanda en su contra. En cambio, identificó que la europea Minas de Alquife Holding BV había incurrido en un incumplimiento al no cumplir con las obligaciones de pago ni con la adjudicación de participaciones acordada con los vendedores.

A pesar de determinar que existió un incumplimiento por parte de la empresa holandesa, el magistrado aclaró que, de acuerdo a una cláusula establecida en el contrato que permitía la adjudicación de participaciones como alternativa al pago, no se impondría la multa de 36 millones de euros solicitada, sino que se activarían los efectos de dicha cláusula.

Desde Minas de Alquife han calificado este fallo como un "logro" y una reafirmación de justicia, señalando que han evadido el pago de los más de 36 millones de euros reclamados por los anteriores propietarios de los derechos mineros. Ricardo Fernández Sevilla, parte del Consejo de Administración, afirmó que la sentencia beneficia a su empresa al despejar cualquier incertidumbre financiera.

A pesar de que se ordenó la cesión de participaciones de la Comercializadora del Zenete S.L. a los demandantes, Fernández Sevilla enfatizó que esta transferencia no conferirá ningún derecho económico o político sobre las Minas de Alquife, cuya operación seguirá bajo el control actual.

Este litigio tiene raíces en el año 2011, cuando la Compañía Minera del Marquesado SL transfirió ciertos derechos y participaciones a Minas de Alquife Holding BV. Posteriormente, en 2014, se firmó una modificación del contrato que introdujo nuevas garantías y condiciones de pago, incluida la creación de Comercializadora del Zenete S.L. para la gestión de lodos.

La demanda presentada por la Compañía Minera del Marquesado alegaba el incumplimiento de pagos por parte de la contraparte, buscando no solo el pago de la suma reclamada, sino también la nulidad de cláusulas que consideraban abusivas, además de la resolución contractual y los resarcimientos correspondientes por daños y perjuicios.

El tribunal concluyó que efectivamente Minas de Alquife Holding BV no cumplió con los términos acordados. Sin embargo, reiteró que no se condenaría a pagar la cantidad reclamada, destacando que las cláusulas contractuales preveían mecanismos alternativos en caso de incumplimiento.

En lo que respecta a la solicitud de nulidad de ciertas cláusulas, el tribunal negó que fuesen abusivas, pues estas fueron negociadas y aprobadas en el contexto adecuado, sin que se calificaran como condiciones generales de contratación.

Como resultado, el tribunal ordenó que se aplicaran las consecuencias establecidas en el contrato, lo que implicará la adjudicación del 89% de las participaciones de Comercializadora del Zenete S.L. a los vendedores. Además, se desestimó la demanda contra el resto de las partes involucradas, absolviéndolas. En términos de costas, se dictaminó que la parte demandante asuma la mayor parte de los gastos del litigio, dando la posibilidad de apelar la decisión ante la Audiencia Provincial de Granada.