El TSJA exige un nuevo juicio en el caso del homicidio de la lotera de Albox por deficiencias en el veredicto.
ALMERÍA, 16 de mayo. La reciente decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha generado un importante giro en el caso de A.G.F., quien había sido condenado a 17 años de prisión por el homicidio y el robo a una lotera en Albox en 2021. El TSJA ha anulado la sentencia anterior y ha ordenado un nuevo juicio, argumentando que el veredicto emitido carece de una fundamentación adecuada, especialmente en lo relacionado con la hora de la muerte, que podría proporcionar una coartada clave para el acusado.
De acuerdo con la sentencia a la que tuvo acceso Europa Press, el tribunal andaluz consideró, tras escuchar el recurso de apelación el 7 de mayo en Granada, que había mérito en los argumentos de la defensa, representada por los abogados Roberto Muiño y José Luis Martínez. Al mismo tiempo, desestimaron el recurso de la acusación particular, que procuraba agravar la pena al incluir términos como alevosía y ensañamiento, lo cual fue rechazado por el TSJA debido al principio acusatorio.
Uno de los puntos más críticos abordados por el TSJA fue la discrepancia en las horas establecidas para la muerte de la víctima. El jurado determinó que el fallecimiento ocurrió entre las 3:00 y las 3:30 horas del 10 de septiembre de 2021, pero no justificó por qué llegaron a esa conclusión, ya que los informes forenses apuntan a un rango horario muy diferente, entre las 11:00 y las 19:00 horas de ese mismo día. En el momento en que la víctima fue asesinada, el acusado se encontraba bajo custodia médica o policial tras sufrir un accidente de tráfico, según lo reclamado por su defensa.
La defensa presentó este hecho como una "coartada", pero lamentó que ni el jurado ni el juez tomaron en cuenta estas circunstancias relevantes. La sentencia enfatiza la falta de justificación sobre las razones por las cuales se desestimó esta evidencia, la cual tiene un peso considerable en el caso.
La declaración anterior del jurado afirmaba que A.G.F., conocido por ser vecino de la víctima, se presentó en su hogar con la intención de robar. Al abrir ella la puerta, el jurado argumentó que el acusado la atacó con una navaja, infligiéndole múltiples puñaladas que llevaron a su muerte por "shock hemorrágico". Posteriormente, se le acusó de llevarse un bolso, dinero en efectivo y dos teléfonos móviles.
La corte de Almería había impuesto una condena de doce años de prisión por homicidio y cinco años adicionales por robo con violencia en un hogar habitado, además de requerir que A.G.F. compensara con 90.000 euros a cada uno de los hijos de la víctima que llevaron el caso a juicio.
El TSJA ha manifestado que los indicios considerados por el jurado son "débiles o demasiado vagos", y que la motivación detrás de su decisión es "insuficiente". Por este motivo, se ha determinado que el nuevo juicio deberá llevarse a cabo con un nuevo jurado que tenga la obligación de justificar su veredicto. Cabe destacar que contra esta resolución no existe vía de apelación.
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