24h Andalucía.

24h Andalucía.

Hospital Torrecárdenas de Almería condenado por negligencia en el fallecimiento de una paciente sin atención en Urgencias

Hospital Torrecárdenas de Almería condenado por negligencia en el fallecimiento de una paciente sin atención en Urgencias

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo 2 de Almería ha condenado al Servicio Andaluz de Salud (SAS) a pagar una indemnización de 200.000 euros a la familia de una mujer de 74 años que falleció en Urgencias del Hospital Universitario Torrecárdenas en 2019. La paciente estuvo sin ser atendida por un médico durante un tiempo excesivo, a pesar de que su ingreso se consideró de nivel II o de urgencia vital.

La magistrada destaca que el hospital cometió graves errores, señalando que el médico ni siquiera supo que la paciente estaba asignada a él. La presencia de la paciente pasó desapercibida para todos, excepto para la enfermera que realizó el triaje. La sentencia rechaza las alegaciones de la Dirección Médica del hospital, que intentó justificar la demora por la elevada presión asistencial y fallos técnicos en la centralita.

La compañía aseguradora que formó parte del proceso intentó culpar al esposo de la fallecida de no darse cuenta de que su mujer no respiraba, pero la sentencia rechaza esta argumentación calificándola de casi amoral y desesperada. La resolución hace hincapié en que España cuenta con medios materiales y humanos de calidad en el ámbito de la sanidad y no puede permitirse la muerte de un paciente en una sala de urgencias sin recibir atención.

Los hechos ocurrieron el 2 de abril de 2019. La paciente fue trasladada en ambulancia desde un centro residencial hasta el Hospital Torrecárdenas, donde se le asignó un nivel II de urgencia entre las 12:37 y las 12:41 horas. La mujer falleció en la sala de espera entre las 13:30 y las 14:00 horas sin que ningún profesional se percatara de su estado.

La magistrada subraya que los protocolos médicos establecen que los pacientes de nivel II deben ser atendidos en quince minutos. Sin embargo, el médico responsable declaró que se enteró de la situación al día siguiente por los medios de comunicación. La sentencia apunta a un error por parte del médico, ya que no se ha demostrado ningún fallo informático o deficiencia en el sistema de asignación del triaje.

La magistrada también reprocha la falta de supervisión por parte del personal auxiliar de vigilancia en la sala de espera, especialmente teniendo en cuenta que la paciente era dependiente, de avanzada edad y presentaba síntomas de somnolencia. En lugar de culpar al esposo de no darse cuenta del fallecimiento, la magistrada cuestiona la responsabilidad del médico y del personal auxiliar en la sala de espera.

El fallo, que puede ser apelado ante el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), califica la mala praxis como una infracción de la lex artis de magnitud considerable. La cuantía indemnizatoria se establece en 100.000 euros para el viudo y 25.000 euros para cada uno de los cuatro hijos de la fallecida.

La asociación "El Defensor del Paciente" ha criticado la actitud del SAS y su aseguradora, alegando que han incrementado el dolor de la familia con argumentos insultantes y amorales. Además, han pedido al SAS que realice una investigación para depurar responsabilidades y se disculpe por este caso de mala praxis evidente.

Según la sentencia, las diligencias penales iniciadas a raíz de la denuncia de la familia fueron archivadas. También se indica que el hospital debe implementar mejoras, como un mayor control del personal en las salas de espera.