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Un hombre en Málaga es condenado por abusar sexualmente de la hija menor de su amiga a quien cuidaba.

Un hombre en Málaga es condenado por abusar sexualmente de la hija menor de su amiga a quien cuidaba.

MÁLAGA, 19 de enero.

En un fallo judicial que ha resonado en la comunidad, la Audiencia de Málaga ha dictado una condena de seis años de prisión contra un hombre acusado de agredir sexualmente a una menor de tan solo nueve años. Este individuo, que mantenía una relación cercana con la familia de la pequeña y ocasionalmente la cuidaba, se enfrenta ahora a un futuro incierto tras la decisión del tribunal, que también impone medidas de internamiento, una orden de alejamiento de la víctima y la obligación de abonar una indemnización de 10.000 euros.

La sentencia revela que el condenado tenía un vínculo profundo con la familia de la menor; la madre de la niña había cuidado de él durante su infancia y el contacto se recuperó cuando él tenía entre cinco y seis años. Esta cercanía le otorgó un acceso sin restricciones a la casa de la familia, lo que facilitó que en algunos momentos se quedara al cuidado de la menor.

Los hechos, que se produjeron en un período no definido entre julio de 2021 y julio de 2022, tuvieron lugar cuando la niña contaba con solo nueve años. La Sala de la Audiencia confirma que el acusado cometió múltiples actos de naturaleza sexual bajo un comportamiento claramente malicioso, encontrándole culpable de actuar con ánimo libidinoso bajo circunstancias especialmente vulnerables.

El tribunal también ha considerado grave la reacción del acusado al ser confrontado con el rechazo de la menor. Según se detalla en la sentencia, cuando la niña le pedía que cesara, él respondía agarrándole con fuerza la mano y amenazándola con graves consecuencias si revelaba lo que sucedía. Esta maniobra intimidatoria generó un miedo profundo que la llevó a guardar silencio sobre su sufrimiento durante un año entero.

Tras un tiempo, y debido al impacto emocional que la experiencia le provocó, la menor finalmente optó por hablar. Sus vivencias de angustia se tradujeron en problemas de sueño, alteraciones en sus hábitos alimenticios y un creciente temor a la oscuridad. Para complica la situación, el acusado presenta una discapacidad psíquica vinculada a un déficit intelectual, lo cual ha sido considerado por el tribunal al determinar su culpabilidad y las medidas a tomar.

Por lo descrito, el tribunal ha decidido condenar al acusado por un delito continuado de agresión sexual a menor, imponiéndole una pena de seis años de prisión y determinando su internamiento en una institución que ofrezca tratamiento médico o educativo adecuado a su condición psicológica. Esta medida se ejecutará conforme a lo estipulado en el artículo 99 del Código Penal y se considera de vital importancia para asegurar la salud mental del procesado.

Es relevante mencionar que, en el transcurso de la ejecución de la sentencia, existe la posibilidad de sustituir el internamiento por medidas no privativas de libertad, lo que deja abierta una puerta para posibles evaluaciones futuras. Además, se establece una prohibición de acercamiento a la víctima y de comunicación con ella durante un periodo de siete años, complementada con una vigilancia de su libertad durante cinco años y la obligación de participar en un programa de reeducación sexual.

Por último, el tribunal ha sentenciado al acusado a indemnizar a los representantes legales de la menor con una suma de 10.000 euros por los daños ocasionados. Esta decisión judicial es firme, cuenta con la aceptación del acusado y está respaldada por la Fiscalía, marcando así un paso significativo hacia la justicia en este trágico caso.