Este jueves el Instituto de Medicina Legal (IML) de Sevilla ha citado al expresidente socialista de la Junta, José Antonio Griñán, condenado a seis años y un día de cárcel por el procedimiento específico de financiación de los expedientes de regulación de empleo (ERE) fraudulentos, para realizar un nuevo informe forense. Esto ha sido solicitado por la Audiencia después de que se ha alegado que a través de nueva documentación médica aportada por la defensa de Griñán, se desprende que ha concluido las sesiones de radioterapia previstas por el cáncer de próstata que padece y así reclamar la suspensión de su pena de cárcel.
El nuevo informe forense emitido por el IML determinará si el tratamiento farmacológico y de rehabilitación que le queda a Griñán tras las sesiones de radioterapia "es compatible con el ingreso en prisión". La defensa de Griñán ha especificado que tras la radioterapia, "el plan de actuación consiste tan sólo en tratamiento farmacológico y ejercicios rehabilitadores".
El expresidente andaluz ha sido citado por el IML para su reconocimiento dado que se debe emitir un nuevo informe. Recientemente, la Audiencia dio cuenta de la documentación emitida por el Centro Penitenciario de Sevilla tras serle requerido en enero un informe "sobre la posibilidad de tratamiento" en la cárcel del cáncer de próstata alegado por el expresidente andaluz para solicitar la suspensión de su pena de prisión.
El Tribunal Constitucional ha retirado finalmente del orden del día de su próximo pleno del día 22 de mayo, la deliberación prevista sobre la admisión o no a trámite del recurso de Griñán contra su condena, así como sobre el resto de recursos de los condenados del caso, posponiendo el asunto para después de las elecciones municipales del próximo 28 de mayo.
Finalmente, a mediados del pasado mes de abril, el exviceconsejero socialista de Empleo Agustín Barberá, condenado a siete años y un día de cárcel por malversación en el procedimiento específico de financiación de los ERE, ingresaba en la prisión de Puerto III de El Puerto de Santa María (Cádiz) para cumplir dicha pena privativa de libertad impuesta por la Audiencia de Sevilla. Después de que se rechazara su petición de suspender su pena ante la enfermedad muy grave con padecimientos incurables alegada por él, la Sección Primera de la Audiencia de Sevilla habilitó un plazo de diez días naturales para su ingreso voluntario en prisión. Según el tribunal, el tratamiento prescrito al mismo "puede ser dispensado" en el centro penitenciario "con las revisiones hospitalarias a que deba ser sometido."
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