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El Supremo reduce condena a agresor sexual de menor

El Supremo reduce condena a agresor sexual de menor

El Tribunal Supremo ha tomado una decisión polémica al rebajar la condena a un hombre que agredió sexualmente a su sobrina de 15 años. Esta joven vivía con él, sus padres y hermanos en el mismo domicilio cuando ocurrieron los terribles hechos. Las violaciones se produjeron en varias ocasiones, aunque hubo un intento de agresión sexual adicional. Como resultado, el agresor fue condenado por dos delitos de agresión sexual a menor de 16 años y un delito de agresión sexual en grado de tentativa.

La rebaja de la pena en los tres delitos se basa en la aplicación de la ley del "solo sí es sí". Sin embargo, el recurso de casación presentado por la defensa fue desestimado por el Tribunal Supremo, a pesar de que se les permitió alegar en relación a la entrada en vigor de la Ley Orgánica.

Según la sentencia del Tribunal Supremo, los delitos por los que fue condenado tienen una pena de entre doce y quince años. La condena impuesta por la Audiencia Provincial, que fue de catorce años, se encuentra en la mitad inferior de esta penalidad. La nueva regulación establece un marco penológico de diez a quince años, por lo que la mitad superior estaría entre doce años y seis meses y quince años.

En cuanto al delito en grado de tentativa, el Tribunal Supremo señala que se impuso una rebaja en un grado, lo que sitúa el límite punitivo en la mitad superior entre seis años y nueve meses y trece años y seis meses. La sentencia opta por imponer la pena mínima de seis años y nueve meses, teniendo en cuenta la regulación actual.

Estos cambios en la condena reducen la pena total de 34 años y medio a 32 años y tres meses de cárcel para el agresor. Los hechos probados indican que el tío materno de la menor la agredió sexualmente después de que ella rechazara sus avances. La agresión se repitió en otra ocasión y la víctima logró escapar de un tercer intento de agresión. La menor sufre consecuencias emocionales graves debido a estos terribles eventos.

Además de las penas de prisión, el Tribunal Supremo impone al agresor la medida de libertad vigilada durante diez años y la prohibición de comunicarse o acercarse a su sobrina a menos de 500 metros durante un total de 50 años.