24h Andalucía.

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El TS ratifica la pena de prisión permanente revisable para el agresor que descuartizó a su expareja en Estepa.

El TS ratifica la pena de prisión permanente revisable para el agresor que descuartizó a su expareja en Estepa.

SEVILLA, 29 de julio - En un giro contundente por parte del sistema judicial, el Tribunal Supremo ha rechazado el recurso de casación presentado por un joven que fue condenado a prisión permanente revisable por la brutal agresión sexual, asesinato y descuartizamiento de Rocío Cáiz, una adolescente de 17 años, en Estepa, un caso que conmocionó a la sociedad y que ocurrió en junio de 2021.

Este fallo, anunciado en una nueva sentencia emitida el pasado 3 de julio, reafirma la decisión del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, que ya había desestimado previamente el recurso de apelación presentado tanto por el condenado como por la Fiscalía. El Tribunal Supremo ha confirmado la severidad de la condena tras revisar el caso en profundidad y analizar las pruebas presentadas.

El recurso del condenado, identificado como Adrian N., se centró especialmente en la calificación del delito de agresión sexual. Sin embargo, el Supremo ha destacado que las pruebas forenses y la presencia de lesiones en el muslo y el antebrazo de la víctima son consistentes con el uso de fuerza durante el ataque, lo que refuerza la acusación de agresión sexual a pesar de que no se encontraran lesiones genitales.

El fallo subraya la existencia de indicios claros de violencia, basándose en un conjunto de pruebas sólidas y un razonamiento lógico, a la vez que refuta la defensa del acusado como débil y poco convincente. En este sentido, el Tribunal ha rechazado cualquier alegato sobre una posible vulneración del derecho a la presunción de inocencia.

Según las constancias judiciales, los hechos ocurrieron el 2 de junio de 2021, cuando Adrian N., en medio de una discusión con su expareja, intentó forzar una relación sexual. A pesar de la negativa de Rocío, logró llevar a cabo la penetración sexual mediante el uso de la violencia, un ataque que el joven intentó negar durante el juicio.

La situación escaló de modo aterrador cuando, con la intención de acabar con la vida de Rocío, el acusado la atacó desde atrás, estrangulándola con un cordón y causándole la muerte. Esta acción fue premeditada y realizada sin que la víctima tuviera oportunidad de defenderse.

Después de cometer el crimen, el joven desmembró el cuerpo de Rocío y dispersó las partes en diversas ubicaciones de Estepa, incluido su propio frigorífico. Esta macabra acción fue justificada por Adrian N. como un intento de "ganar tiempo", un intento de ocultar la terrible verdad detrás de sus actos.

Además, el condenado utilizó el teléfono de Rocío para enviar mensajes a su familia, haciéndose pasar por ella en un intento de desviar la atención sobre su desaparición. Las comunicaciones contenían mentiras sobre una supuesta fuga y un nuevo romance, lo que demuestra la manipulación y la falta de respeto hacia su víctima y su familia.

La sentencia del tribunal incluye la condena por asesinato, con agravantes de género y parentesco, y se establece la pena de prisión permanente revisable. El juicio también determinó que Adrian N. debe indemnizar a la familia de Rocío con un total de 390.274 euros, reflejando el profundo dolor y la devastación causados por su violencia.

La resolución del Tribunal Supremo no solo busca justicia para Rocío Cáiz, sino que también envía un mensaje contundente sobre la gravedad de la violencia de género y la importancia de proteger los derechos de las víctimas en la sociedad actual.