El Tribunal Supremo tiene previsto celebrar este jueves una vista para revisar un recurso de casación contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla que condenó a cuatro ex altos cargos de la Junta de Andalucía y al administrador único de la empresa Umax Informática y Consultoría por delitos continuados de prevaricación, malversación de caudales públicos y falsedad en documento oficial relacionados con contrataciones vinculadas con esta empresa.
En dicha sentencia, el ex director general de Trabajo y Seguridad Social de la Consejería de Empleo Francisco Javier Guerrero, fallecido en octubre de 2020 víctima de una neumonía, y el administrador de Umax, Ulpiano Cuadrado, fueron condenados a cinco años y nueve meses de prisión y diez años de inhabilitación absoluta. Además, el ex director general de Trabajo Juan Márquez y los ex secretarios generales técnicos de la Consejería Francisco Javier Aguado y Lourdes Medina también recibieron penas de cárcel y de inhabilitación absoluta.
La Audiencia condenó al ex director general de Trabajo Daniel Alberto Rivera por un delito de prevaricación a la pena de inhabilitación especial para empleo o cargo público por tiempo de siete años.
En la sentencia, la Audiencia estableció que en 2003 Guerrero creó una estructura de personal paralela a la administrativa, incumpliendo la normativa de contratación en el sector público, y concertó verbalmente con el administrador de Umax que contratara las personas que él le indicara. Se llegaron a contabilizar al menos 44 trabajadores contratados por dicha empresa o por otras de las que era administrador Ulpiano Cuadrado. Algunos de los trabajadores estaban relacionados por vínculos de vecindad y amistad con Guerrero y también de parentesco en el caso de Márquez.
Para poder cobrar Umax lo pactado, se utilizó el sistema de simular la concertación de contratos menores inexistentes o bien se acudía a procedimientos de negociación sin publicidad en los que se invitaba a participar a tres empresas vinculadas con Umax, las cuales eran indicadas por Guerrero o personal subordinado, a fin de aparentar legalidad en la tramitación del expediente y conseguir la designación arbitraria de ésta mercantil para un servicio que, después, no se realizaba.
Según la Sección Tercera de la Audiencia, en 2007, se abandonó el sistema de abono a Umax y otras vinculadas a través de los contratos menores y procedimientos negociados sin publicidad para ser sufragadas las nuevas facturas que se iban generando, igualmente mediante conceptos falsos, por la Fundación Andaluza de Fondos para la Formación y Empleo (Faffe), dada la mayor facilidad que tenía en la contratación y pago. Las cantidades correspondientes al pago de las nóminas de los trabajadores de Umax cedidos a la Consejería de Empleo y en las delegaciones provinciales desde 2003 a 2010 ascienden a 2.445.545,80 euros.
La Audiencia consideró que no se trata de "una mera irregularidad administrativa, sino de una contravención legal grave que supone prescindir de las normas esenciales del procedimiento tanto en lo que se refiere a la contratación pública". Además, "con el contrato verbal, se ha permitido un desvío injustificado e ilegal de caudales públicos a favor de terceros, aceptado y consentido por las autoridades y funcionarios actuantes". La Audiencia sólo condenó a Rivera por un delito de prevaricación y no por malversación y falsedad al considerar que, "con su intervención, se cortó el despilfarro que suponía la utilización de Umax".
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