Exalcalde socialista de Granada, Francisco Cuenca, absuelto de las acusaciones por inspección de cursos de formación
El juez de refuerzo del Juzgado de Instrucción número seis de Sevilla, José Ignacio Vilaplana, ha decidido archivar la causa contra el ex delegado provincial de Economía e Innovación de la Junta de Andalucía y ex alcalde de Granada Francisco Cuenca, así como otros nueve investigados, por presuntos delitos relacionados con la contratación de empresas para la inspección de cursos de formación ocupacional. La causa se refiere a los cursos organizados por la Junta durante los años 2010, 2011 y 2012.
En un auto emitido el día 25 de septiembre, el juez archiva la causa contra estos diez investigados e inicia juicio oral contra otros nueve acusados. Los delitos imputados son prevaricación administrativa, fraude en la contratación, falsedad documental y negociaciones y actividades prohibidas a funcionarios públicos. Se les ha requerido a los últimos acusados fianzas que varían entre 3.700 y 8.200 euros.
El ex alcalde de Granada, Francisco Cuenca, así como los exdelegados territoriales de la Junta Manuel Gabriel Pérez y Angelina María O.D.R., entre otros, se han visto exonerados de la acusación. Sin embargo, se ha decidido llevar a juicio a las exdelegadas territoriales de la Junta Marta Rueda y Ana María Barbeito, junto con otros siete acusados.
El proceso se inició en octubre de 2019, cuando el juez decidió continuar con la causa a través del procedimiento abreviado. En su momento, la Fiscalía presentó una acusación únicamente contra las nueve personas a las que ahora se les abre juicio oral, mientras que el Sindicato Andaluz de Funcionarios acusó a todas las personas investigadas.
El auto del juez fue apelado por las defensas de varios de los acusados ante la Audiencia de Sevilla. La Sección Séptima de dicho tribunal estimó los recursos de ocho de los investigados y revocó la resolución inicial, sobreseyendo la causa respecto a esos ocho acusados.
El magistrado hace hincapié en que la Fiscalía no ha presentado acusación contra diez de los investigados y que la acusación popular no tiene legitimidad para solicitar condena para ellos. Además, destaca que la decisión de la Audiencia de sobreseer el caso respecto a ocho de los acusados está basada en la falta de protección de intereses colectivos o supraindividuales. El juez concluye que, siguiendo la doctrina establecida por la Audiencia, no se abre juicio oral contra Francisco Cuenca y otro acusado, ya que el Ministerio Público no ha solicitado su condena.
Con respecto a las personas que sí se someterán a juicio oral, el magistrado detalla que distintos organismos dependientes de la Junta contrataron servicios para el control e inspección de los cursos de formación ocupacional. Estos servicios, sin embargo, estaban reservados a los funcionarios públicos. La contratación se realizó de manera injusta y arbitraria, otorgando a contratistas particulares funciones públicas que solo podrían ser llevadas a cabo por funcionarios. Además, se entregó documentación administrativa a los contratistas para el ejercicio de estas funciones.
En el caso del ex alcalde de Granada, se le imputa haber contratado ilegítimamente los servicios de seguimiento y control de los cursos de formación profesional para la economía social en la provincia de Granada durante los años 2010 y 2011. Las contrataciones se llevaron a cabo de forma fraccionada y consecutiva, sin especificar a qué cursos se destinaban los servicios contratados.
En resumen, el juez ha archivado la causa contra diez investigados y ha decidido llevar a juicio oral a otros nueve acusados por su presunta implicación en la contratación irregular de empresas para la inspección de cursos de formación ocupacional. El proceso se extiende a los años 2010, 2011 y 2012. Entre los implicados se encuentran el ex alcalde de Granada, Francisco Cuenca, y dos exdelegados territoriales de la Junta. La decisión del juez se basa en la falta de acusación de la Fiscalía contra diez de los investigados y en la ausencia de intereses colectivos que justifiquen la acusación popular. Además, se destaca la atribución ilegítima de funciones públicas a contratistas particulares, así como la entrega de documentación administrativa para llevar a cabo dichas funciones.
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