24h Andalucía.

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La Fiscalía solicita absolución para excargos condenados en el caso de los ERE a pesar de no considerar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

La Fiscalía solicita absolución para excargos condenados en el caso de los ERE a pesar de no considerar la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Excargos denuncian que se pretende condenarlos dos veces por los mismos hechos

MADRID, 9 Oct.

La defensa de la Fiscalía ha argumentado este miércoles que, sin considerar la doctrina del Tribunal Constitucional (TC) sobre el 'caso de los ERE', el Tribunal Supremo (TS) debería absolver al exconsejero de Empleo de Andalucía Antonio Fernández y al ex director general de Trabajo de la Junta Juan Márquez Contreras de sus condenas en la pieza separada por las subvenciones a la empresa Aceitunas y Conservas (Acyco).

En una vista pública en el Supremo, acusaciones y defensas presentaron ante la Sala de lo Penal presidida por Manuel Marchena los argumentos recogidos en sus recursos de casación contra la sentencia de la Audiencia de Sevilla.

El fiscal ha respaldado la absolución de Fernández y Márquez al considerar que existe la excepción de cosa juzgada. Argumenta que ambos fueron condenados por hechos por los cuales ya habían sido juzgados y condenados en la pieza principal de los ERE.

Además, ha defendido que ni la cosa juzgada ni la sentencia del TC tienen consecuencias en las otras personas que también fueron condenadas como cooperadores necesarios de Fernández y Márquez Contreras.

En el transcurso de la vista, Fernández y Márquez Contreras han afirmado que, sin considerar las sentencias del TC, el Supremo debería revocar las penas de prisión impuestas por las subvenciones a Acyco.

La defensa de Fernández ha insistido en que su cliente fue juzgado "dos veces por lo mismo". Recordó que ya fue condenado por prevaricación y malversación en la pieza principal de los ERE, en el "procedimiento específico", por el pago de ayudas entre 2000 y 2010. Su abogado declaró que la pieza de Acyco es simplemente otra más.

Por otro lado, el abogado de Márquez Contreras ha señalado que la sentencia del TC, a pesar de no concederle amparo, indica que fue condenado "por todas las ayudas concedidas en su cargo (2008-2010)". Por lo tanto, sostiene que la ayuda de Acyco está incluida en el 'procedimiento específico' por el cual ya fue juzgado.

La Audiencia de Sevilla sentenció a Fernández por un delito continuado de prevaricación, un delito de falsedad en documento oficial y malversación. Le impuso siete años y un día de prisión e inhabilitación absoluta durante 17 años y 15 días.

Por su parte, Márquez fue condenado por un delito de prevaricación, un delito de falsedad en documento oficial y malversación. Le impusieron cuatro años y un día de cárcel y 10 años y un día de inhabilitación absoluta.

La Audiencia Provincial también condenó a la expresidenta de Acyco Encarnación Poto y al abogado José Miguel Caballero a cinco años de cárcel y siete años de inhabilitación como cooperadores necesarios. Otros implicados también recibieron sentencias.

En este contexto, la defensa de los varios acusados ha argumentado que la sentencia del TC es crucial para solicitar la absolución de sus clientes, sosteniendo que no se puede considerar que hayan cometido delitos penalmente reprochables.

En contraste, la Junta de Andalucía, en su papel de acusación particular, ha expresado que la sentencia del TC tiene escasa repercusión en este proceso y ha afirmado que ve complicado interpretar que los condenados fueron juzgados por los mismos hechos. También ha subrayado que nunca ha aceptado incluir en las pólizas de ayudas a personas no relacionadas con las empresas beneficiarias.

En resumen, la batalla legal continúa en torno a las condenas relacionadas con las subvenciones a Acyco, cuestionando si los acusados fueron juzgados justamente y si se están respetando sus derechos constitucionales en el marco de este caso de corrupción en Andalucía.