24h Andalucía.

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Sevilla interroga a protagonistas del caso ERE sobre su situación en el procedimiento del TJUE.

Sevilla interroga a protagonistas del caso ERE sobre su situación en el procedimiento del TJUE.

SEVILLA, 19 de septiembre.

La Sección Primera de la Audiencia de Sevilla ha tomado medidas con respecto a las recientes sentencias que resultan de la anulación de condenas por parte del Tribunal Constitucional (TC) a una decena de implicados en el delicado caso de financiación de los ERE fraudulentos. Esta decisión afecta a figuras destacadas como los ex presidentes andaluces Manuel Chaves y José Antonio Griñán. En este contexto, la Audiencia ha instado a las partes involucradas a aclarar si desean seguir formando parte del procedimiento o si prefieren apartarse del mismo, en vista de una cuestión prejudicial que fue elevada al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) en julio.

Con el objetivo de cumplir con las disposiciones del TC que anuló las condenas contra altos funcionarios socialistas de Andalucía, la Audiencia ha decidido plantear esta cuestión prejudicial ante el TJUE. Según los jueces, este paso se justifica como una medida necesaria para prevenir futuros escenarios de impunidad y para proteger los intereses financieros de la Unión Europea.

Antes de esta medida, la Audiencia había solicitado a las partes que opinaran sobre si el TC había excedido su autoridad al interpretar la prevaricación y malversación de manera distinta en sus sentencias anulativas. Además, se cuestionó si dicha interpretación podía entrar en conflicto con las normativas internacionales en la lucha contra la corrupción, así como la posibilidad de no aplicar las sentencias anuladas.

El 18 de septiembre, la Audiencia emitió un comunicado en el que se solicitaba a las partes, especialmente a las que habían sido absueltas, que se pronunciaran en un plazo de tres días acerca de su voluntad de seguir en el procedimiento, teniendo en cuenta que podía haber bajas de procuradores y la necesidad de designar nuevos representantes legales.

Asimismo, la diligencia indicaba la necesidad de informar al TJUE sobre este proceso y advertía sobre la posibilidad de presentar un recurso de reposición en caso de que se considerara que ha habido alguna infracción en la tramitación del caso.

En una comunicación previa del 23 de julio, el TJUE expresó su recepción de la solicitud de decisión prejudicial formulada por la Audiencia. En este texto, se pedía a la Audiencia que señalara posibles errores en la denominación de las partes y se avisaba que, tras la traducción, se notificaría a los interesados para que pudieran presentar observaciones en un plazo de dos meses.

Se instó, además, a la Audiencia a notificar si creía que la decisión prejudicial no debía notificarse a alguna parte del procedimiento nacional, en un intento por acelerar los trámites ante el tribunal europeo.

El año pasado, el TC criticó la interpretación realizada por la Audiencia y el Tribunal Supremo en relación con el caso, afirmando que la condena inicial había vulnerado el derecho a la legalidad penal establecido en la Constitución Española, enfatizando que las resoluciones en torno a la aprobación de presupuestos no pueden considerarse como meramente administrativas.

La Sección Primera de la Audiencia decidió frenar la emisión de nuevas sentencias hasta contar con claridad sobre su conformidad con el Derecho Europeo, advirtiendo sobre el potencial riesgo de impunidad que podría surgir de aplicar la nueva doctrina del TC en este contexto.

Los jueces apuntaron que el hecho de que los proyectos de ley presupuestarios fueran aprobados no exime de responsabilidad penal a quienes dictaron esas resoluciones, añadiendo que no se puede asumir que los miembros de un gobierno regional estén exentos de responsabilidad por decisiones tomadas en el ejercicio de su labor.

Finalmente, la Sección Primera suspendió la emisión de las sentencias hasta recibir una respuesta del TJUE, planteando una serie de cuestiones sobre la compatibilidad de la legislación europea con las decisiones del TC, y la posibilidad de que el tribunal europeo no aplique dichas sentencias cuando se contraponen a las normas internacionales en materia de lucha contra la corrupción.