Dos militares de la Legión sentenciados tras altercado durante misión de transporte de armamento a Madrid.

Dos militares de la Legión sentenciados tras altercado durante misión de transporte de armamento a Madrid.

El Tribunal Supremo ha ratificado la condena a un cabo y a un soldado de la base de la Brigada de la Legión en Almería, quienes protagonizaron una pelea en Alcalá de Henares, Madrid. Los dos militares fueron sentenciados a seis meses de prisión cada uno, el cabo por abuso de autoridad y maltrato de obra a un subordinado, y el soldado por insultar a un superior. Además, el cabo deberá pagar una multa de 150 euros y una indemnización de 800 euros al soldado por los daños ocasionados, mientras que el soldado deberá indemnizar al cabo con 180 euros por daños morales.

Los hechos ocurrieron en octubre de 2017, cuando ambos militares se encontraban en comisión de servicio en un convoy militar que transportaba material de guerra desde Almería hasta Alcalá de Henares. Después de entregar el material, se alojaron en un hostal y tuvieron tiempo libre hasta el día siguiente. Durante este tiempo, el cabo y el soldado salieron a beber con otros compañeros y posteriormente se encontraron en las inmediaciones del monumento a Cervantes.

La pelea comenzó cuando el soldado fue recriminado por su forma de conducir por parte de un soldado de primera, a lo que él respondió que si el mando no le había reprendido, él tampoco lo haría. La discusión fue escalando hasta que se enfrentaron cara a cara y se agredieron mutuamente, siendo intervenidos por un tercer soldado y posteriormente por la policía.

El Tribunal Supremo ha confirmado la condena argumentando que los hechos ocurrieron durante el servicio, ya que la discusión se originó por un hecho relacionado directamente con el servicio, como fue la llamada de atención al soldado por su forma de conducir, y continuó por el reproche al soldado por su comportamiento hacia un superior.

En conclusión, el Tribunal Supremo ha ratificado la condena a los dos militares por su pelea en Alcalá de Henares, considerando que los hechos ocurrieron durante el servicio y estableciendo que el Estado es responsable civil subsidiario en caso de insolvencia de los condenados.

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