24h Andalucía.

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El tribunal sevillano rechaza la ampliación de la querella del PSOE-A sobre contratos de emergencia del SAS en las provincias.

El tribunal sevillano rechaza la ampliación de la querella del PSOE-A sobre contratos de emergencia del SAS en las provincias.

SEVILLA, 10 de enero.

En un reciente desarrollo que ha causado inquietud en el ámbito político andaluz, el Juzgado de Instrucción número 13 de Sevilla ha decidido inadmitir la ampliación de una querella presentada por los diputados del Grupo Socialista en el Parlamento de Andalucía. Esta querella, que se formuló durante el mes de diciembre, se relaciona con la gestión de contratos del Servicio Andaluz de Salud (SAS) y se fundamenta en un presunto uso inapropiado del procedimiento excepcional de emergencia implementado debido a la crisis de la Covid-19 en varias provincias de la comunidad autónoma.

Este pronunciamiento del juzgado fue emitido en un auto fechado el pasado 7 de enero, el cual fue consultado por Europa Press. Cabe destacar que esta resolución no es definitiva, ya que los parlamentarios pueden presentar un recurso de reforma y/o apelación ante la decisión del juzgado.

En el auto, se precisa que la representación de los miembros del Grupo Socialista había presentado, el 5 de diciembre de 2024, un escrito que ampliaba la querella original. Esta primera querella había dado lugar a un conjunto de diligencias previas que el mismo juzgado inició el 1 de octubre del año pasado.

Con esta nueva ampliación de querella, los diputados socialistas señalaron supuestos "incumplimientos" relacionados con contratos celebrados por diferentes plataformas logísticas sanitarias y centrales provinciales de compra que gestionan los centros de salud en sus respectivas provincias.

El juez responsable del auto ha reflexionado que la competencia para abordar cada uno de estos contratos específicos recae en los Juzgados de Instrucción de las provincias en cuestión. Esto se debe a que es en estos lugares donde se toman las decisiones, se firman los contratos y tienen lugar los efectos de los mismos.

En su auto, el juez también aclara que no se cumplen los criterios de conexidad establecidos en el artículo 17 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (Lecrim), que permitirían al juzgado de Sevilla asumir la investigación de los nuevos hechos alegados. Esto se debe a que no hay coincidencias ni en los objetos de la querella ni en las personas involucradas, salvo en la categoría general de la contratación de emergencia.

Por lo tanto, el juez enfatiza que su juzgado no tiene la competencia para abordar posibles irregularidades provinciales que no estén directamente ligadas a los servicios centrales del SAS. Además, indica que no hay razones que justifiquen que esta instancia judicial se extienda para incluir la ampliación de la querella relacionada con todos los incumplimientos, ya que no le corresponde realizar una revisión general de la contratación en este contexto.