El Tribunal Supremo confirma la condena de 11 años de prisión para un terapeuta que asesinó a su amigo en El Ejido.
ALMERÍA, 12 de julio.
La Corte Suprema ha confirmado la condena a once años de prisión impuesta a un terapeuta que, en un acto violento, acabó con la vida de un amigo al propinarle varias puñaladas en su hogar en El Ejido (Almería) en julio de 2022, siendo una de las lesiones fatales en la cabeza.
El tribunal ha decidido no admitir el recurso de casación presentado por la defensa del acusado, argumentando que este solo repitió alegaciones previamente desestimadas por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), a partir de una sentencia debidamente fundamentada y sostenida en pruebas sólidas valoradas por el jurado que llevó a cabo el juicio.
En el documento judicial, al que tuvo acceso Europa Press, se refuerza la postura de los anteriores tribunales, quienes evidenciaron la intención deliberada del acusado de causar la muerte, basándose en los hechos ocurridos y no en su confesión, dado que utilizó un cuchillo de grandes dimensiones para asestar tres puñaladas a la víctima, una de ellas atravesando la cabeza tras ingresar por el oído.
El análisis de la escena del crimen reveló que el cadáver no presentaba signos de lucha, contradiciendo la versión del acusado, quien intentó presentar el suceso como resultado de una pelea. Además, se constató que abandonó el lugar sin ofrecer asistencia a la víctima, que yacía en el suelo de la cocina, con el arma aún incrustada en su cabeza.
Según las conclusiones probadas, el hecho ocurrió entre el 12 y 13 de julio de 2022, cuando el acusado se presentó en la vivienda de la víctima y se inició una discusión. En medio del altercado, el acusado tomó un cuchillo de nueve centímetros y le propinó tres puñaladas: dos en la espalda y una en la cabeza, lo que llevó a la víctima a un estado de shock hemorrágico y respiratorio fatal.
El jurado rechazó la hipótesis de que el homicidio fuera resultado de un intento de robo, a pesar de que el acusado se llevó el teléfono móvil y las llaves de la víctima. Además, no se hallaron evidencias que respaldaran una defensa propia, ya que no se encontraron señales de forcejeo durante la confrontación.
En sus exposiciones, la magistrada resaltó que el ADN del acusado fue encontrado bajo una única uña de la víctima, lo que no sostenía la versión de un enfrentamiento físico, y que los testimonios de los forenses y el informe de autopsia apuntaron a que las lesiones no eran fruto de un accidente.
Por último, los miembros del jurado también notaron que el acusado abandonó la escena sin ayudar a la víctima, dejándola "incomunicada" y sabiendo que su pareja se encontraba de viaje en Marruecos, lo que retrasó su localización. Los vecinos fueron quienes, alertados por un "fuerte olor", contactaron con la Policía al cabo de al menos tres días.
De acuerdo a la sentencia inicial, el condenado enfrenta además cinco años de libertad vigilada y deberá indemnizar con 123.000 euros a la pareja de la víctima.
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