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El TSJN reduce la condena a dos integrantes de 'La Manada' por la violación en Sanfermines 2016.

El TSJN reduce la condena a dos integrantes de 'La Manada' por la violación en Sanfermines 2016.

PAMPLONA, 25 de abril.

El Tribunal Superior de Justicia de Navarra (TSJN) ha validado la decisión adoptada en febrero por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial, que redujo la pena a dos de los cinco culpables de la violación en grupo que tuvo lugar durante los Sanfermines de 2016 en Pamplona. Esta rebaja de la condena, de 15 a 14 años, se llevó a cabo de acuerdo con la Ley Orgánica 10/2022, que garantiza la libertad sexual integral.

Las sentencias, redactadas por el presidente del TSJN, Joaquín Galve, enfatizan que el cargo no corresponde a un caso equivalente, sino que se rige por los mismos hechos sobre los que el Tribunal Supremo se pronunció en julio de 2024. En esa ocasión, el Supremo también ratificó la reducción de la pena para el primer condenado que solicitó una revisión.

El Tribunal Supremo había apuntado en su dictum que la condena original de 15 años era "próxima o cercana" al mínimo legal. Con la introducción de la Ley Orgánica 10/2022, se manifestó que los límites de pena se habían rebajado de manera importante, lo que motivó que el TSJN aceptara la solicitud de reducción presentada por el primer condenado en 2023.

De acuerdo con el análisis posterior a la reforma, el máximo de la pena se mantuvo igual, pero la mínima decreció de 14 años, 3 meses y 1 día a 13 años. Por ende, los 15 años impuestos inicialmente estaban dos años por encima del mínimo permitido.

Como resultado, en septiembre de 2023, el TSJN decidió, a pesar de un voto discrepante, ajustar la pena a 14 años. Esta resolución fue confirmada por el Tribunal Supremo en julio de 2024.

Ahora, al revisar la reducción aplicada en febrero a otros dos condenados, la Sala de lo Civil y Penal subraya los argumentos de la sentencia del Tribunal Supremo: "La pena, aunque mantiene el mismo techo, tiene un mínimo un año y tres meses inferior al anterior marco". Por lo tanto, no hay justificación para modificar la decisión de rebaja en este contexto, según lo argumentado por el TSJN.

Como consecuencia, la Sala desestima los recursos presentados por la acusación particular y las acciones populares del Gobierno de Navarra y el Ayuntamiento de Pamplona. La fiscalía, al igual que la defensa de los condenados, ha apoyado la confirmación de la reducción de la pena. Ambas resoluciones aún pueden ser apeladas ante el Tribunal Supremo.