Sentenciado a cinco años de cárcel por atropellar a un agente tras conducir en sentido contrario en la A-92 en Granada.
En Granada, un tribunal ha dictado una sentencia condenatoria de cinco años de prisión a un conductor tras un incidente impactante en la A-92. Este individuo, conocido por su historial delictivo, ignoró las señales de alto de la Guardia Civil, conduciendo a gran velocidad en dirección contraria e intentando atropellar a una agente, quien resultó herida tras caer por un terraplén.
El suceso tuvo lugar en mayo de 2022, cuando los agentes dieron el alto al conductor, que circulaba en sentido Almería a la altura del kilómetro 225. A pesar de las instrucciones, el hombre no se detuvo y emprendió una peligrosa fuga, poniendo en riesgo la vida de otros automovilistas al descuidar las señales de tráfico y adelantar en zig-zag.
Durante la persecución, los agentes lograron ubicar su vehículo e intentaron cortarle el paso. Sin embargo, el acusado retrocedió con la intención de escapar y, en el proceso, estuvo a punto de atropellar a uno de los guardias. Este agente, para evitar el impacto, saltó la barrera de la carretera y cayó en un desnivel, resultando con lesiones en la zona lumbar y cervical que le llevaron a un largo periodo de recuperación.
A pesar de que el acusado cuestionó la versión de los hechos presentada por las autoridades, la Audiencia Provincial respaldó firmemente el relato de los agentes, citando diversos puntos que evidencian la veracidad de su intervención. Al acercarse al vehículo del fugitivo, este no dudó en intentar embestir al oficial, provocando un altercado en el que el agente cayó al suelo y disparó su arma accidentalmente.
La balística reveló que el vehículo del agente presentaba daños consistentes con un disparo de 9 mm, lo que reforzó la credibilidad de la versión policial. La Audiencia consideró estos detalles fundamentales y desestimó la apelación del conductor. Además de la pena de prisión, el tribunal le ha impuesto la privación del derecho a conducir durante tres años y la obligación de indemnizar al agente afectado con una suma superior a los 6.000 euros.
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